*La sentención revocó la asignación de plurinominales del TEE en respuesta a impugnación por paridad de género
*“La representación proporcional no puede compensar la paridad no alcanzada por mayoría relativa”, señala la resolución.
La sala regional del Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la asignación de diputaciones plurinominales por parte del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC-GRO), y en consecuencia revocó los cambios realizados por el Tribunal Electoral del Estado como resolución a la impugnación presentada por la Red Guerrerense para el Avance Político de las Mujeres, que reclamaban la integración paritaria del Congreso del Estado, 23 diputados y 23 diputadas.
El pasado 25 de agosto, la Segunda Sala del TEE reasignó la distribución de las diputaciones de representación proporcional, al aprobar un acuerdo que obligaba al PT a cambiar a su diputado plurinominal, Fredy García Guevara, por Oralia Domínguez Cristóbal, quien originalmente fue incluida en el segundo escaño de la lista.
Con esa resolución, al PRI se le otorgaron 6 diputaciones plurinominales –una más de las que tenía al principio-, 3 hombres y 3 mujeres; al PRD 5, 3 hombres y 2 mujeres; al PAN un hombre y una mujer; al Movimiento Ciudadano hombre y mujer; al PVEM un diputado; al PT una diputada y a Morena, una mujer.
La diputada que se le había sumado al PRI es Isabel Rodríguez Córdova, quien ya no acudió este martes a la sede del Congreso del Estado, como parte del proceso de registro de los legisladores que entran en funciones la semana próxima.
Sin embargo, la resolución de la Sala regional del TEPJF aprobada la noche del lunes, señala que algunos apartados sobre el tema de paridad de género la autoridad los declaró parcialmente fundados, precisando que en el caso de las candidaturas de mayoría relativa puede darse el supuesto que la paridad y alternancia de género en las listas no puedan ser reflejados en los resultados, “al depender de la decisión de los votantes, la cual no está supeditada a obligatoriedad alguna”.
“En consecuencia, la representación proporcional no puede compensar la paridad no alcanzada por mayoría relativa”, señala la resolución.
El TEPJF resolvió que fue correcta la asignación de diputaciones plurinominales por parte del Instituto Electoral de Guerrero, con la cual el PRI recibió 5, el PRD 6, el PAN 2, el PT 1, el PVEM 1, el MC 2, el MORENA 1, de los 18 espacios de la lista.
En consecuencia, dejó sin efectos la resolución del Tribunal Electoral local, emitida en respuesta a la impugnación de las activistas de la Red Guerrerense para el Avance Político de las Mujeres, por la cual el PRI había recibido un sexto escaño, y en el PT el dirigente estatal Fredy García Guevara había sido sustituido por Oralia Domínguez.
Se explica que en virtud de que el Tribunal local realizó una errónea aplicación de la fórmula de asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional y del principio de paridad de género, “lo que procede es modificar la sentencia reclamada en lo que fue materia de impugnación, así como revocar las constancias de asignación otorgadas con base en el fallo de ese órgano jurisdiccional”.
En ese sentido, confirmó el acuerdo 173/SE/14-06-2015 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero, al considerar adecuada la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, “dejando intocadas las asignaciones respectivas”.
Con esta resolución, el Congreso de Guerrero vuelve a quedar integrado por 27 hombres y 19 mujeres.
El TEPJF ordena al IEPC entregar dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo las constancias correspondientes.