En tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió su veredicto de que las uniones matrimoniales entre personas del mismo sexo (hombre con hombre y mujer con mujer) pueden realizarse a lo largo y ancho de todo el paÃs, en los más de 3 mil municipios que componen los 31 estados, muchos alcaldes se niegan a cumplir con tal determinación ya que los códigos civiles que rigen este tipo de contrato, establece que debe ser entre hombre y mujer mayores de dieciocho años.
A la determinación de la corte le faltó decir que este tipo de bodas, se deben llevar a efecto una vez que los Congresos de los Estados, modifiquen lo concerniente a lo establecido en relación a las uniones matrimoniales, que en su gran mayorÃa dicen que debe ser entre hombre y mujer, modificando una o dos palabras y quedar que el matrimonio se debe llevara a efecto entre personas, sin importar su sexo o preferencia sexual.
En Guerrero, en especial en Acapulco, destacados juristas han externado que como profesionales del derecho, se en desacuerdo en que una situación tan delicada se tome como una fiesta en la que decenas de parejas formalizarán su relación, pero que a la hora de querer hacer efectivos sus derechos, se encontrarán con que sus actas expedidas carecen de sustento legal, lo que provocará consecuencias negativas para los mismos.
. Alfredo Pérez Zárate, coordinador del Consejo de Juristas del Estado de Guerrero, señaló que todos los ciudadanos son libres de elegir a la persona con la que unirán sus vidas, no obstante, debe estar plasmado en la ley debido a que al casarse, la pareja adquiere derechos y obligaciones, pero si bien es cierto que hay una jurisprudencia al respecto y hay antecedentes en otros estados, empezando por Distrito Federal, también es cierto que en Guerrero se tiene una estructura jurÃdica local que hay que adaptar a esa jurisprudencia.
Los estados son soberanos y se rigen por sus propios códigos y leyes, tendrÃa que haber de ya una adaptación al Código Civil de Guerrero a esas nuevas disposiciones, que ya prevalecen en otras legislaciones. Mientras no exista esto y se reglamente debidamente, los matrimonios entre personas del mismo sexo serán improcedentes y sin sustento legal.
Los estudiosos del derecho, sostienen que este tipo de bodas carecen de validez legal, no existe una legalidad para ello o documento que sustente la legitimidad de ese acto jurÃdico.
Por lo cual tiene razón el presidente municipal de Acapulco en no avalar este tipo de matrimonios con un documento que sustente validez, el municipio no tiene un código que se lo permita y el Registro Civil actúa en función de un Código Civil que dicta como se debe proceder, no al arbitrio del gobernante.
En este caso el gobierno está cometiendo un desliz jurÃdico, que finalmente es un acto populista, independientemente de la preferencia de género, no debe, el propio gobernante, consentir un acto ilegal cuando no está adaptado a la norma jurÃdica.
El alcalde está en lo cierto al no compartir este tipo de bodas, al no existir una norma que lo autorice y hasta el momento el Congreso no se ha pronunciado en ese sentido, además que tampoco está inscrito en la Constitución General de la República alguna autorización de ese tipo de vidas, las que ya se llevan a efecto en algunos estados en función de su autonomÃa.
Ahora bien tampoco procede el amparo, ya que serÃa improcedente, ¿Cuál serÃa el acto reclamado en materia de amparo? .La negativa a celebrar ese acto jurÃdico, al no existir una legislación que lo soporte. Ante esto la Suprema Corte de Justicia solo debió recomendar las reformas a los códigos civiles de los estados, pero hasta el momento no tienen ninguna fuerza legal jurÃdica, porque no se adata a la norma